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Circular 163
29/12/2000


Copyright y sociedad de la información

Formato PDF

El Consejo de Europa ha publicado una Posición Común dirigida a adoptar una Directiva sobre la armonización de ciertos aspectos de derechos de propiedad intelectual en la sociedad de información. Esta circular contiene un resumen de esta futura regulación.

Derechos reconocidos

Reproducción

El derecho exclusivo a autorizar o prohibir la reproducción directa o indirecta de una obra, de manera provisional o permanente, por cualquier medio y en cualquier forma, de la totalidad o parte.

Comunicación pública

El derecho exclusivo a autorizar o prohibir cualquier comunicación al público de una obra por procedimientos alámbricos o inalámbricos, incluida la puesta a disposición del público de una obra de tal forma que cualquier persona pueda acceder a ellas desde el lugar y en el momento que elija.

Distribución

El derecho exclusivo a autorizar o prohibir toda forma de distribución al público ya sea mediante venta o por cualquier otro medio.

Excepciones y limitaciones

1. Actos de reproducción provisional, que sean transitorios o accesorios y formen parte integrante y esencial de un proceso tecnológico cuya única finalidad consista en facilitar una transmisión en una red entre terceras partes por un intermediario, o una utilización lícita de un obra o prestación protegidas, y que no tengan por sí mismos una significación económica independiente.

2. Reproducciones en cualquier soporte efectuadas para uso privado de una persona física, sin fines lucrativos, siempre que los titulares de los derechos reciban una compensación equitativa.

3. Actos específicos de reproducción efectuados por bibliotecas, centros de enseñanza o museos accesibles al público, o por archivos, que no tengan intención de obtener un beneficio económico o comercial directo o indirecto.

4. Grabaciones efímeras de obras, realizadas por organismos de radiodifusión por sus propios medios y para sus propias emisiones.

5. Uso destinado a la lustración con fines educativos o de investigación científica.

6. Uso en beneficio de personas con minusvalías.

7. Reproducción por la prensa comunicación o puesta a disposición del público de artículos publicados sobre temas de actualidad económica, política o religiosa.

8. Citas con fines de crítica o reseña.

9. Uso que tenga la finalidad de anunciar la exposición pública o la venta de obras de arte.

10. Uso de obras de arquitectura o escultura, realizadas para estar situadas de forma permanente en lugares públicos.


Acciones a realizar

1. Adaptar los contenidos del sitio web corporativo al nuevo entorno legal que se generará con la aprobación de esta Directiva

2. Tener presente que los contenidos introducidos en un sitio web pueden ser visualizados y copiados por cualquier persona que tenga acceso a Internet

3. Crear pruebas de la titularidad de los contenidos del sitio web.

4. Incluir el símbolo © y las advertencias legales relacionadas con los derechos de propiedad intelectual.

5. Llevar a cabo una auditoria legal de forma periódica para verificar el nivel de adaptación de los contenidos al entorno jurídico y obtener el nivel máximo de protección

6. Supervisar de manera continuada las posibles infracciones de los derechos de autor que puedan estar teniendo lugar con respecto a los contenidos del sitio web


Cómo utilizar esta circular

1. Compruebe si su compañía está afectada por el tópico analizado

2. Haga copias de este documento y envíelas a las personas de su empresa que puedan estar interesadas

3. Analice la sección "Acciones a realizar" y póngase en contacto con un especialista si considera que deben ser aplicadas a su empresa

4. Guarde esta circular en una carpeta donde pueda localizarla en el caso de que se produzca una situación relacionada con esta materia

5. Esta circular se envía también en formato PDF con un diseño distinto para facilitar su impresión en una sola página y su posterior distribución a destinatarios que no dispongan de correo electrónico

Xavier Ribas
javier.ribas@es.pwcglobal.com

Departamento de IT
LANDWELL, Abogados y Asesores Fiscales
© PricewaterhouseCoopers Juridico y Fiscal S.L., 2000

Telefono Barcelona: 93-2532506 (Carlos Pérez Sanz)
Telefono Madrid: 91-5684325 (Carlos Rodriguez Sau)

 




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